1.1 Los contrayentes para celebrar matrimonio civil en este Ayuntamiento, primero han de acudir al Registro Civil de los Juzgados de San Vicente del Raspeig -si al menos uno de ellos está empadronado en el municipio-, solicitando el inicio del expediente de matrimonio civil e indicando que la celebración del mismo se realizará en el Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig. En caso de no estar empadronado en San Vicente del Raspeig ninguno de los contrayentes, deberán acudir al juzgado del municipio en el que esté empadronado alguno de los dos contrayentes.
1.2 El Juzgado sabiendo que la celebración del matrimonio se realiza en el Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, y aprobando el Juez del Registro Civil el expediente abierto en dicho registro, les dará a los Contrayentes el Certificado de aprobación del mismo y delegación en el Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig para la celebración del matrimonio civil.
2.1 El Ayuntamiento asigna para la celebración de matrimonios civiles todos los viernes en horario de mañana, excepto festivos, y un fin de semana de cada mes, pudiendo celebrarse los mismos viernes y sábados mañana y tarde.
HORARIOS
Los horarios fijados para la celebración de matrimonios civiles son los siguientes:
- Viernes, en horario de mañana: 11:00, 11:30, 12:00, 12:30, 13:00 y 13:30 h.
- Viernes, en horario de tarde: 18:00, 18:30, 19:00, 19:30 y 20:00 h.
- Sabados, en horario de mañana: 11:00, 11:30, 12:00, 12:30, 13:00, 13:30 h.
- Sabados, en horario de tarde: 18:00, 18:30, 19:00, 19:30 y 20:00 h.
Notas:
- Sólo se podrá reservar una fecha por matrimonio.
- Las horas y días fijados están sujetas a modificaciones por necesidades municipales.
4.1 Los contrayentes deberán abonar las tasas municipales establecidas para celebrar un matrimonio civil en el Ayuntamiento de San Vicente, siendo la cuantía de las mismas la siguientes:
Por celebración Viernes o víspera festivo a partir de las 15 horas: 55,72 €
Por celebración Sábados: 121,56 €
Ordenanza Fiscal B.O.P. 30-12-2008
Nota: Viernes laboral en horario de mañana las bodas son gratuitas.
5.1 El día concertado para la celebración del matrimonio civil los contrayentes e invitados deberán personarse en el Ayuntamiento como mínimo diez minutos antes de la hora prevista, y esperar las indicaciones del personal del consistorio para acceder al salón de celebraciones.
5.2 En caso de que los contrayentes quieran adornar o decorar el salón de celebraciones deberán indicarlo días previos a la ceremonia en el gabinete de alcaldía, y siempre dichos arreglos correrán por cuenta de los contrayentes.
5.3 Si los contrayentes o alguno de los invitados quiere modificar el guión de la celebración de la boda establecido por esta Alcaldía, así como la música para la celebración deberá comunicarlo con una semana de antelación al gabinete de alcaldía.
5.4 Para la utilización de material pirotécnico después de la celebración los contrayentes deberán comunicarlo a la Policía Local, quedando terminantemente prohibido la utilización de cualquier material pirotécnico en la Plaza de la Comunitat Valenciana.
6. Teléfonos de Interés y Direcciones.
6.1 Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig
Plaza de C.Valenciana, 1 Tlf. 965.67.50.65
6.2 Gabinete de Alcaldía
Plaza de C.Valenciana, 1 Tlf. 965.67.50.65 Extensión 2388
6.3 Registro Civil de San Vicente
C/ Bailen s/n Tlf. 965.67.74.04 - 965.67.77.03
6.4 Policía Local
Joaquin Blume s/n Tlf. 965.67.50.40
El municipio
Servicios
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Plaça de la Comunitat Valenciana,1
03690 Sant Vicent del Raspeig (Alacant)
Tel: 965675065